Saltar al contenido
NOWNLETTER

TECH NEWS

Ahora

03.08.2026 · 14:00 / Comisión Europea - Directrices sobre obligaciones de transparencia

Desde hoy, la UE multa a empresas si no te avisan que hablas con una IA

Desde este domingo 2 de agosto, la Unión Europea hace cumplir las primeras reglas de transparencia del Reglamento de Inteligencia Artificial (AI Act): cualquier empresa que opere en el mercado europeo debe informar claramente cuando un usuario está interactuando con un sistema de IA , como un chatbot o un asistente de voz, y cuando el contenido que consume (imágenes, vídeos, audios o textos) ha sido generado o alterado con inteligencia artificial.

Redacción NOWN
Publicado 03.08.2026 · 14:00 Actualizado 16.08.2026 · 19:32

Las obligaciones, contenidas en el artículo 50 del AI Act, entran en vigor hoy para todas las empresas que desplieguen sistemas de IA en la UE, sin importar dónde tengan su sede.

Qué exige la norma

La normativa establece cuatro situaciones en las que es obligatorio revelar el uso de IA:

  • Interacción directa con personas: chatbots, asistentes de voz y avatares deben avisar explícitamente que el usuario no está hablando con una persona real.
  • Contenido sintético (deepfakes): imágenes, vídeos y audios generados o manipulados por IA que parezcan auténticos deben llevar una etiqueta visible y marcas técnicas legibles por máquina.
  • Reconocimiento de emociones y clasificación biométrica: quienes usen estas herramientas deben informar a las personas expuestas.
  • Textos de interés público: los textos generados por IA publicados para informar sobre asuntos de interés público (política, sanidad, economía, servicios públicos) sin revisión humana o control editorial también requieren revelación.

La Comisión Europea ha publicado un conjunto de iconos oficiales que las empresas pueden usar para el etiquetado visible.

Multas de hasta €15 millones o 3% de la facturación

El incumplimiento de estas obligaciones de transparencia puede acarrear multas administrativas de hasta €15 millones o el 3% de la facturación anual mundial de la empresa, lo que sea mayor. Para infracciones más graves relacionadas con prácticas prohibidas de IA, las sanciones pueden llegar a €35 millones o el 7% de la facturación.

La aplicación corre a cargo de las autoridades nacionales de vigilancia del mercado, la Oficina Europea de IA (para sistemas bajo su supervisión) y el Supervisor Europeo de Protección de Datos (cuando intervienen instituciones de la UE).

Aunque las reglas entran en vigor hoy, el llamado «AI Omnibus» (Reglamento UE 2026/1744) introdujo un período transitorio de cuatro meses: los sistemas de IA generativa que ya estaban en el mercado antes del 2 de agosto tienen hasta el 2 de diciembre de 2026 para cumplir con la obligación de marcas de agua/metadatos legibles por máquina en textos, imágenes, vídeos y audios sintéticos. Esto no elimina la obligación de avisar al usuario sobre la interacción con IA ni la de revelar deepfakes; básicamente da más plazo para integrar las marcas técnicas en sistemas ya desplegados.

Qué significa para empresas y equipos tech

En la práctica, la norma exige dos capas de etiquetado:

  • Visible para personas: avisos claros, iconos oficiales, mensajes explícitos en interfaces.
  • Legible por máquina: metadatos y marcas de agua incrustadas en los archivos (por ejemplo, con estándares como C2PA).
  • Las empresas deben auditar qué contenido generan con IA, definir procesos de revisión y etiquetado, y asegurarse de que sus herramientas ya estén insertando las marcas técnicas necesarias.

Contexto regulatorio

El AI Act entró en vigor el 1 de agosto de 2024, pero su aplicación general estaba programada para el 2 de agosto de 2026. Recientemente, el «Omnibus digital sobre IA» modificó algunos plazos, trasladando las obligaciones de alto riesgo a finales de 2027 y 2028, pero no cambió la fecha de transparencia del 2 de agosto de 2026.

A CONTINUACIÓN